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Pagan, luego existen

Por Antonio Medina Trejo *

Para los mexicanos y mexicanas no es nuevo ver que en épocas electorales los políticos utilicen los medios masivos de comunicación para mostrar entre risas, bromas y preguntas a modo, sus bondades tal como si se tratara de carismáticas rock stars y no de políticos que pretenden gobernar y resolver problemas complejos de la vida nacional.

Ayer, en el Senado de la República, las bancadas del PRI, del Partido Verde y un grupo de panistas allegados al ex presidente Felipe Calderón, lograron la mayoría para reformar la Ley Federal de Telecomunicaciones que promovía una regulación a favor de las audiencias a través de los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias, cuyo objetivo consistía en regular la defensa de los televidentes y de los radioescuchas, así como salvaguardar el cumplimiento de los derechos de información y de expresión.

Es decir, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) proponía la figura de un defensor con el cual las audiencias podrían objetar el contenido de los medios de comunicación. Dicha figura podría recibir, documentar, procesar y dar seguimiento a las observaciones, quejas, sugerencias, peticiones o señalamientos respecto a los derechos de las audiencias en un plazo de 20 días hábiles.

Aunado a lo anterior, los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias prohibían transmitir publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa, pues es común ver como comunicadores cooptados destacan la parte humana o hasta graciosa del entrevistado, dejando de lado aspectos nodales sobre los contenidos de sus propuestas.

En pocas palabras, los medios venden el producto con valor comercial que mejor se promueve. Lejos de cuestionar con seriedad al aspirante en torno a lo que hará en el cargo que pretende ocupar, frivolizan la política y desvían la atención del público sobre temas realmente importantes.

En ese sentido, y sin temor al error, las audiencias mexicanas hemos sido engañadas por candidatos y por los medios de comunicación cuando nos presentan a políticos que pagan espacios para ser entrevistados y posicionarse en la simpatía de las audiencias, haciendo creer al público que el medio abre el espacio de manera objetiva, escondiendo así el verdadero motivo, que es la venta de espacios publicitarios y no la realización de análisis político. Es decir, se privilegia a quienes pagan altísimos precios en el espectro radioeléctrico concesionado.

En aras de la equidad de quienes contienden por espacios políticos, esta práctica ha intentado erradicarse por parte de grupos parlamentarios minoritarios que han visto mermada su participación en el espectro radioeléctrico, y por organizaciones ciudadanas críticas de dichas prácticas violatorias del derecho de las audiencias a estar bien informadas.

Sin embargo, los empresarios de los medios han defendido su negocio amparados por los gobiernos y una rancia clase política que representa el viejo, autoritario, corrupto y demagógico régimen que maquillando personajes políticos ha logrado perpetuarse en el poder.

La decisión del Senado de la República de limitar atribuciones al IFT para regular y sancionar la publicidad encubierta en los medios, privilegia los intereses comerciales de los concesionarios por encima del derecho de la ciudadanía a recibir información veraz y objetiva, ya que los cambios aprobados indican que para elegir un defensor de las audiencias, los medios ya no están obligados a seguir ciertos procedimientos, sino que lo harán bajos sus propios códigos de ética establecidos con el principio de autorregulación.

Los lineamientos generales explicaban las características de la figura del defensor, así como el procedimiento para que las quejas de las audiencias fueran presentadas y atendidas. Lo aprobado por el Senado impide al IFT sancionar a los concesionarios por incumplimiento de esos lineamientos, mismos que en su artículo 2, fracción XVI, prevén la discriminación por preferencia sexual, a la vez que también entienden a la homofobia y misoginia como actos discriminatorios.

Es decir, el voto de los senadores acabó con la posibilidad del IFT de emitir lineamientos a los que deberían ajustarse los concesionarios de radio y televisión.

El derecho a la información plasmado en el artículo 6º constitucional de ninguna manera debe estar supeditado a los intereses del empresariado. La labor de investigación a favor de las audiencias hecha por expertos como Mercedes Charles, Guillermo Orozco, Beatriz Solís, Javier Esteinou y Aleida Calleja, debe servir como soporte y piso mínimo para que los legisladores garanticen la progresividad de los cambios constitucionales en la materia.

* Secretario Nacional de Diversidad Sexual del PRD. @antoniomedina41

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