El pasado 24 de noviembre, el Congreso del Estado de San Luis Potosí, en sesión plenaria, votó en contra de modificar los artículos 15, 105 y 133 del Código Familiar del Estado para otorgar el acceso a derechos de la población LGBTTTI, en particular al matrimonio civil igualitario.
Esta votación evidencia en primer lugar, una falta de compromiso parlamentario para respetar nuestra Ley Suprema, la cual en su artículo 1º establece que nadie podrá ser discriminado entre otros motivos, por su preferencia sexual; disposición constitucional que está armonizada con los tratados internacionales de los que México forma parte.
La imposición de la mayoría de diputados y diputadas que votaron en contra no sólo reafirma la exclusión de un sector social a los derechos, sino reta en los razonamientos constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual se pronunció a través de la jurisprudencia 43/2015, de que no existe razón constitucional para que el matrimonio entre personas del mismo sexo no sea reconocido.
Su decisión también contraviene lo dispuesto por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que en su Recomendación General Número 23 (6 de noviembre de 2015), puso de manifiesto la necesidad de adecuar los ordenamientos en materia civil y/o familiar, para permitir el acceso al matrimonio civil igualitario a todas las personas en condiciones de igualdad.
En el fondo, el sentido del voto mayoritario de los diputados y diputadas de San Luis Potosí exhibe un lastimoso interés electoral por quedar bien con las “mayorías conservadoras heterosexuales” y muestra su renuencia para aceptar la diferencia. En la diversa realidad social mexicana, las familias conformadas por dos papás, dos mamás, con hijos o sin ellos, existen, y son parte del tejido social, por lo que hoy en día tenemos que hablar de las familias en plural, sin importar cómo están conformadas. Todas ellas deben estar protegidas por el Estado mexicano, tal como lo plantea nuestra Constitución. La postura del Congreso de San Luis Potosí, lejos de resolver una problemática social de discriminación, la profundiza.
Con el argumento de que las entidades federativas son competentes para decidir cómo y cuál es su forma de organización familiar, basado en el “pleno ejercicio de los principios de Soberanía y Autonomía Legislativa”, las y los diputados de San Luis Potosí desecharon una iniciativa que busca dar igualdad y derechos a las parejas del mismo sexo.
Las y los legisladores que votaron en contra del matrimonio civil igualitario hicieron caso omiso a la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, la cual estipula el derecho a la igualdad y a la no discriminación en sus artículos 7 y 8: “Queda asegurado el goce irrestricto de los derechos humanos y las garantías individuales y sociales consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos…”.
Al emitir su voto en contra del matrimonio civil igualitario, los diputados y diputadas de San Luis Potosí no pensaron que en esa entidad ya existen 26 parejas que han accedido a ese derecho mediante amparos, y que se han promovido al menos otros 60 amparos, cuatro de estos colectivos, es decir, en San Luis Potosí, vía amparo, pueden acceder a este derecho al menos 125 parejas del mismo sexo.
A estas parejas el derecho les asiste, no pueden ser discriminadas, eso lo estableció la resolución 43/2015 emitida por la Corte el año pasado.
Con 20 votos a favor, tres en contra y una abstención, el Congreso desechó la iniciativa de reforma que reconocería el matrimonio civil igualitario. De los votos que defendieron el derecho de la población LGBTTTI, uno fue el de la diputada Dulcelina Sánchez Lira, de la bancada del PRD, a quien reconocemos por su congruencia.
En contraste con la congruente postura de la diputada Sánchez Lira, las diputadas Graciela Gaytán Sánchez, Guadalupe Hernández y el diputado Sergio Desfassiux, que pertenecen a la bancada del PRD, votaron a favor de desechar la iniciativa, a pesar del previo acuerdo establecido y en claro contrasentido de los principios que nuestro instituto político impulsa. Su actuación no refleja los ideales libertarios y democráticos del Sol Azteca, por lo que les exigimos rectificar su decisión y realizar las acciones que garanticen los derechos de las personas LGBTTTI en su estado.
En razón de lo anterior, el Partido de la Revolución Democrática hace un enérgico extrañamiento a todos los diputados y diputadas que no votaron a favor de la iniciativa y les exige:
• Respetar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente el artículo 1º. Constitucional que defiende por igual los derechos humanos de toda la población.
• Asumir las recomendaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, pero sobre todo, respetar su propia Ley Estatal.
• A revalorar la iniciativa, partiendo de la necesidad de otorgar igualdad a todos y todas, a erradicar la exclusión basada en prejuicios y reconocer el derecho de miles de familias homo, lesbo, bi, transparentales.
ATENTAMENTE
¡DEMOCRACIA YA, PATRIA PARA TODOS!
MTRO. JOSÉ ANTONIO MEDINA TREJO
SECRETARIO